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Destinos internacionales no incluidos en Fase 4 serán atendidos en vuelos especiales

 Destinos internacionales no incluidos en Fase 4 serán atendidos en vuelos especiales

Los destinos y países no considerados en la lista inicial de la reanudación del transporte aéreo internacional, en el marco de la Fase 4 de la reactivación económica, continuarán siendo atendidos a través de vuelos especiales, informó el Ministerio de Relaciones Exteriores (RREE).

“De conformidad con las disposiciones específicas dictadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa), el 5 de octubre se reiniciarán los vuelos comerciales a Santiago (Chile); Bogotá, Cali y Medellín (Colombia); Quito y Guayaquil (Ecuador); La Paz y Santa Cruz (Bolivia); Ciudad de Panamá (Panamá); Montevideo (Uruguay) y Asunción (Paraguay). Todas las categorías migratorias están permitidas desde y hacia estos destinos”, señaló.

“Los destinos no considerados en esta lista inicial continuarán siendo atendidos a través de vuelos especiales, en el marco del DS 045-2020-PCM y la Resolución Ministerial 627-2020-MINSA y la ‘Guía Técnica: Protocolo de Atención a Viajeros que entran y salen del país en vuelos especiales’. Esta normativa es aplicable también a las repatriaciones terrestres en los puntos de frontera, cuando ello sea posible”, precisó la Cancillería.

Destacó que esta nueva etapa responde y demanda un esfuerzo conjunto de coordinación entre los sectores a cargo de su implementación, como son la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Ministerio de Salud (Minsa), el Ministerio del Interior (Mininter), la Superintendencia Nacional de Migraciones, la Superintendencia Nacional de Aduanas, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el administrador del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez: Lima Airport Partners (LAP).

VUELOS ESPECIALES

RREE recordó que, para los vuelos especiales (humanitarios y de repatriación), el pasajero deberá completar una declaración jurada, 72 horas antes del viaje, indicando el lugar donde pasará un aislamiento obligatorio de hasta catorce días.

El llenado de dicho formulario es un requisito obligatorio y se deberá presentar la constancia de llenado para abordar el respectivo vuelo. El enlace del formulario es el siguiente: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/

En el marco del DS 045-PCM-2020 y la disposición relativa a la lista de pasajeros, los peruanos que requieren salir al extranjero deben hacer llegar su solicitud a través de la dirección electrónica: solicitudesdgc@rree.gob.pe y llenar el formulario electrónico: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSc3xX5_NgrNm8gGl3KDhiKJNmbuxGlrkijIm3wIQ9bb9xskwQ/viewform

“En los vuelos especiales, no está permitido aún en esta etapa, el viaje por razones de turismo ni a peruanos ni a extranjeros”, precisó la Cancillería.

“No se podrá reingresar a territorio peruano mientras dure el cierre de fronteras, salvo autorización expresa del Ministerio de Relaciones Exteriores para ser incorporado en las listas de los Consulados peruanos en el exterior”, agregó.

Actualmente, se cuenta con un cronograma de vuelos de entrada y de salida que contempla el retorno y partida de peruanos de las principales ciudades que cuentan con necesidad de repatriación, a decir: Buenos Aires, Sao Paulo, Miami, México, Ámsterdam, Madrid, Paris, entre otras.

FUENTE: Turiweb.pe

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