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Salas de exposición y venta de artes tradicionales operarán con aforo al 50%

Salas de exposición y venta de artes tradicionales operarán con aforo al 50%

  
El Ministerio de Cultura aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al Covid-19 en las actividades de espacios de exposición, venta, creación y presentaciones de artes visuales y tradicionales”, en el marco de la Fase 3 de la reactivación económica del país.
“A través de este documento, se permitirán acciones siguiendo las recomendaciones sanitarias sectoriales, a fin de prevenir y controlar la propagación de la pandemia entre el personal involucrado en la ejecución de las actividades ligadas a las artes visuales y tradicionales, a partir de la emisión de los lineamientos generales para la vigilancia de la salud de los trabajadores y otras personas involucradas”, señaló el Ministerio de Cultura.
Este sector está conformado por artistas, artesanos, docentes, historiadores del arte, curadores, críticos de arte, coleccionistas, galeristas, gestores culturales, montajistas, enmarcadores, transportistas, restauradores y demás personas con actividades asociadas a las artes visuales y tradicionales.
Todos ellos forman parte de una dinámica de interacción, donde cada uno depende del otro. Por ello, es fundamental resaltar el rol de las artes visuales y tradicionales (en todas sus disciplinas, soportes y variedades) como factor laboral y de desarrollo creativo, siendo esencial en la reactivación económica de las industrias culturales en el país.
El presente protocolo se aplica a las personas jurídicas, entidades del sector público y personal con vínculo laboral y contractual en el sector público y privado, tienen la obligación de presentar planes de acción ante el Ministerio de Salud (Minsa), en cuanto a los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Covid-19”, antes del inicio de sus labores.
La excepción al presente protocolo se da únicamente para espacios domésticos en los que se desempeñen, una sola persona o personas que habiten juntas, sin atención al público. En el caso que, en un espacio doméstico se desarrollen actividades de creación, ensayo y transmisión de un grupo de personas que no reside en el mismo domicilio, éstas deberán acatar el presente protocolo.
AFORO AL 50%
Las actividades ligadas a las artes visuales y tradicionales se podrán realizar de manera presencial con un aforo al 50%, actividades virtuales (en línea) y de venta a domicilio. Estas se podrán desarrollar en espacios de exposición, venta, creación y/o presentaciones de artes visuales y tradicionales.
Para ello deberán seguir unas pautas para la implementación como son: la adecuación y acondicionamiento de espacios; la implementación del protocolo general, con detalle artístico y técnico; la capacitación al personal para la ejecución del plan autorizado, la actividad y limpieza, y la adecuación a protocolos para otras actividades vinculadas.
En cuanto a las Salas de exposición, galerías y tiendas de venta de obras de artes visuales y tradicionales, se indica que las personas naturales y jurídicas propietarias de estos espacios serán las encargadas de implementar las condiciones sanitarias de sus instalaciones y equipos para el adecuado almacenaje, conservación, comercialización y/o exhibición de las obras de arte, las transmisiones en línea por plataformas virtuales, entre otros; así́ como también del control y capacitación de su personal.
“Todos estos espacios pueden reiniciar sus actividades con aforo al 50%”, precisan las disposiciones sanitarias.
El protocolo recalca que todo empleador está en la obligación de implementar medidas para garantizar la seguridad y salud en el trabajo, cuya finalidad es esencialmente preventiva. Ello aplica a todos aquellos que realicen actividades de las artes visuales y tradicionales, que empleen servicios de los agentes de este sector.
Dicho plan debe ser remitido al Minsa vía correo electrónico: empresa@minsa.gob.pe. Con ello, se entenderá que la entidad, empresa o persona jurídica cumple con los requisitos establecidos y cuenta con autorización automática para iniciar operaciones.
FUENTE: Turiweb.pe

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